Comunicado Prensa ONU: España debe extraditar o juzgar a los responsables de violaciones graves de DDHH
GINEBRA
(27 de marzo de 2015) – Un grupo de expertos en derechos humanos de las
Naciones Unidas alertaron hoy que el Estado español está obligado a
extraditar a los responsables de violaciones graves de los derechos
humanos, mientras no se tomen medidas para garantizar el acceso a la
justicia y el derecho a la verdad de las víctimas ante las instancias
legales españolas.
La
declaración de los expertos internacionales se produce a raíz de la
decisión del Consejo de Ministros de España de no extraditar a 17
ciudadanos españoles acusados por la justicia argentina de violaciones
graves de los derechos humanos cometidas durante el régimen franquista,
incluidos varios ex ministros.
“La
denegación de la extradición deja en profundo desamparo a las víctimas y
a sus familiares, negando su derecho a la justicia y a la verdad”,
indicaron los expertos de la ONU que han mantenido comunicación con el
gobierno español en relación con las extradiciones ordenadas en octubre
de 2014, en el marco de la llamada ‘querella argentina’, en la que se
investigan fusilamientos, torturas, robo de bebés y otros delitos.
La
justicia argentina estableció que los delitos que investiga constituyen
crímenes de lesa humanidad y pide poder juzgar a los responsables, bajo
el principio de jurisdicción universal.
“Reconocemos
que cabe entre las competencias del Estado español la posibilidad de
denegar esta solicitud de extradición”, dijeron. “Pero si no extradita,
el Estado tiene la obligación de garantizar, ante las jurisdicciones
nacionales, el acceso a la justica para las víctimas de violaciones
graves de los derechos humanos y el derecho a la verdad”.
Los
expertos independientes recalcaron que los argumentos preliminares
presentados por el Consejo de Ministros “carecen de base, pues parecen
ignorar y contradecir las normas y estándares internacionales de los
derechos humanos”.
“En
particular, el Estado español no puede escudarse en los principios de
prescripción y extinción de la responsabilidad penal para no extraditar,
o juzgar, a los responsables de violaciones graves de los derechos
humanos”, señalaron. “La tortura, las ejecuciones sumarias y la
desaparición forzada pueden constituir crímenes de lesa humanidad”.
El
derecho internacional es muy enfático, acentuaron los expertos de la
ONU: “Los crímenes de lesa humanidad y los delitos de tortura son
imprescriptibles, es decir que no ‘vence’ la obligación del Estado de
investigar y sancionar a los responsables”.
“Asimismo, la desaparición forzada es
un delito continuado y una vulneración permanente de los derechos
humanos. La obligación de investigar perdura hasta que se esclarezca la
suerte y paradero de la persona”, aclararon.
El
Gobierno también invocó los principios de jurisdicción preferente y de
no doble incriminación. Sin embargo, los expertos de la ONU explicaron
que estos principios no se aplican en estos casos, ya que a la fecha –
más de 40 años después de los hechos – no se han iniciado en España
investigaciones sobre estos delitos, que incluyen tortura,
desapariciones o ejecuciones cometidas durante el franquismo.
(*) Los expertos: Ariel Dulitzky, presidente del Grupo de Trabajo sobre las desapariciones forzadas o involuntarias; Christof Heyns, Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; Juan E. Méndez, Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; y Pablo de Greiff, Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.
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